Inscripción de matrícula

Los Registros Públicos son autoridades de publicidad en la inscripción en la matrícula de aquellas personas que realizan una actividad económicamente organizada o son titulares de una empresa o un establecimiento comercial.


Requisitos

  • Patrocinio letrado.
  • Domicilio legal y electrónico constituido.
  • Tasa y sobre tasa de justicia.
  • Aporte previsional (anticipo) 1 IUS.
  • Bono ley 8.480.
  • Escrito judicial dirigido al/la Juez/a en lo Civil y Comercial en turno a cargo del Registro Público del Departamento Judicial correspondiente.
  • Especificación  del rubro comercial a desempeñar.
  • Domicilio real o social del/la peticionante en las localidades que corresponden al Registro Público. Si se tratare de una empresa con varias sucursales, será competente el registro del lugar de asiento de cada sucursal (art. 4 Acuerdo 3778, Anexo-Reglamento del Registro Público).
  • Fotocopia certificada del DNI del/la interesado/a. En caso de tratarse de una Persona Jurídica, acompañar Contrato Social, Número de Legajo (IGJ o DPPJ).
  • Constancia de inscripción en ARCA (ex AFIP).
  • Constancia de domicilio comercial expedido por ARBA, si no fuera coincidente con el real.

Acompañar los siguientes certificados:

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