Inscripción de contrato de fideicomiso
Los Registros Públicos son autoridades competentes en la inscripción de los contratos de fideicomisos regulados por el art. 1666 del Código Civil y Comercial.
Requisitos
- Patrocinio letrado.
- Tasa y sobre tasa de justicia.
- Aporte previsional (anticipo) 1 IUS.
- Bono ley 8.480.
- Escrito judicial dirigido al/la Juez/a en lo Civil y Comercial en turno a cargo del Registro Público correspondiente.
- Contrato original con firmas certificadas y sellado de ARBA y copia certificada.
- Certificado de anotaciones personales del fiduciante, fiduciario y beneficiario expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble.
- Constancia de inscripción de ARCA (ex AFIP) del fiduciante, fiduciario y beneficiario.
- Informe de juicios universales del fiduciante, fiduciario y beneficiario expedido por el Registro de Juicios Universales.
- Informe de deudores alimentarios del fiduciante, fiduciario y beneficiario expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
- Constancia de domicilio del fiduciante, fiduciario y beneficiario.
- Certificado de dominio del bien o bienes objeto del fideicomiso.
- Informe de deuda de impuestos, tasas, contribuciones y expensas del bien objeto del fideicomiso.
- Declaración jurada de persona políticamente expuesta.