Inscripción de contrato de fideicomiso

Los Registros Públicos son autoridades competentes en la inscripción de los contratos de fideicomisos regulados por el art. 1666 del Código Civil y Comercial.


Requisitos

  • Patrocinio letrado.
  • Tasa y sobre tasa de justicia.
  • Aporte previsional (anticipo) 1 IUS.
  • Bono ley 8.480.
  • Escrito judicial dirigido al/la Juez/a en lo Civil y Comercial en turno a cargo del Registro Público correspondiente.
  • Contrato original con firmas certificadas y sellado de ARBA y copia certificada.
  • Certificado de anotaciones personales del fiduciante, fiduciario y beneficiario expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble.
  • Constancia de inscripción de ARCA (ex AFIP) del fiduciante, fiduciario y beneficiario.
  • Informe de juicios universales del fiduciante, fiduciario y beneficiario expedido por el Registro de Juicios Universales.
  • Informe de deudores alimentarios del fiduciante, fiduciario y beneficiario expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
  • Constancia de domicilio del fiduciante, fiduciario y beneficiario.
  • Certificado de dominio del bien o bienes objeto del fideicomiso.
  • Informe de deuda de impuestos, tasas, contribuciones y expensas del bien objeto del fideicomiso.
  • Declaración jurada de persona políticamente expuesta.
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